Casco Histórico Santa Cruz de La Palma
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Actualizado a 15 de noviembre de 2025

La ASOCIACION DE EMPRESARIOS CASCO HISTORICO SANTA CRUZ DE LA PALMA ha implementado un CANAL INTERNO DE INFORMACIÓN acorde a la Ley 2/2023, cuyos principios básicos de gestión se recogen en el siguiente ENLACE y a continuación:

OBJETO Y PRINCIPIOS

La presente Política de Canal de Denuncias tiene por objeto establecer la política de funcionamiento y gestión del Canal de Denuncias del ASOCIACION DE EMPRESARIOS CASCO HISTORICO SANTA CRUZ DE LA PALMA; de forma que establezca un sistema que permita la identificación de conductas ilícitas, irregulares, malas prácticas o cualquier acción inconveniente equivalente. Para ello, se habilita el presente Canal para el envío de las denuncias; que podrán ser enviadas por todos los grupos de interés (empleados, colaboradores, proveedores, particulares, etc.).

1.1. Principios rectores del Canal de Denuncias.

Este sistema se cimentará sobre los siguientes principios rectores:

  • Accesibilidad. Se ha procurado que este Canal sea claro y de acceso sencillo.
  • Información. Todos los grupos de interés que pudieran hacer uso de este sistema estarán informados de su existencia; así como de la posibilidad de utilizar esta vía.
  • Transparencia. El procedimiento y demás detalles sobre los términos que rigen el Canal de Denuncias están expuestos en su totalidad en la presente Política, que será publicada en aras de que cualquiera de los posibles interesados pueda consultarla en cualquier momento.
  • Buena fe. Las denuncias realizadas a través de este Canal deberán regirse por el principio de buena fe; pudiendo el ASOCIACION DE EMPRESARIOS CASCO HISTORICO SANTA CRUZ DE LA PALMA adoptar las medidas que considere necesarias ante aquellas denuncias injustificadamente reiterativas y/o sospechosas de temeridad o mala fe.
  • Confidencialidad. Las personas que hagan uso de este sistema estarán protegidas por la más estricta confidencialidad (tanto su identidad como el contenido de la propia denuncia); permitiéndose, además, las denuncias anónimas.
  • Imparcialidad. Todas las denuncias tramitadas se resolverán partiendo de la presunción de inocencia de las personas involucradas; así como se les dará curso desde una posición objetiva e imparcial, así como con respeto absoluto al derecho de defensa.
  • Eficiencia. Todas las comunicaciones presentadas obtendrán respuesta en la mayor brevedad que las circunstancias permitan.
  • Exhaustividad e integridad de la información. Durante la tramitación y resolución de las denuncias se buscará exhaustivamente conocer la veracidad de los hechos.
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